miércoles, 15 de febrero de 2017

2.Registros e identificadores obligatorios.

Todos los elementos de la red que tengan identificador se recogerán, juntos con los registros de la misma, correspondientes a los datos de la red que no se puedan etiquetar, en los que se denomina sistema de administración de la red. En función a la clase de red se requieren los siguientes identificadores y registros:

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